Conceptos básicos sobre las obligaciones financieras en la justicia criminal

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Conceptos básicos sobre las obligaciones financieras en la justicia criminal

Conceptos básicos sobre las obligaciones financieras en la justicia criminal

Un mazo sobre moneda estadounidense

Si ha pasado por el sistema judicial penal en Illinois, incluso por una multa de tráfico, es posible que deba dinero a la corte o al gobierno. Esto se denomina deuda de la corte penal u obligaciones financieras en la justicia criminal (criminal justice financial obligations, CJFO, por sus siglas en inlgés). No es como la deuda de tarjeta de crédito. Proviene de un caso legal, y las reglas son diferentes.

Tipos de deuda en la justicia criminal

  • Tarifas y costos de la corte: cargos por presentar un caso
  • Multas: una sanción ordenada por el juez
  • Restitución: dinero pagado a la víctima por las pérdidas
  • Tarifas de libertad supervisada o supervisión: cargos mensuales mientras se está bajo supervisión de la corte
  • Tasas de cárcel: cargos por el tiempo que usted pasa en la cárcel
  • Multas de tráfico o violaciones de ordenanzas, que pueden llevar a la suspensión de la licencia

Por qué esta deuda es diferente

La deuda criminal puede ser más difícil de manejar que la deuda regular. Si no paga, la corte podría hacer lo siguiente:

  • Enviar su caso a cobranzas.
  • Suspender su licencia de conducir.
  • Emitir una sentencia y tratar de sacar dinero de su sueldo o cuenta bancaria.
  • Negar su solicitud para limpiar su expediente.

Sus derechos y opciones

  • Solicitar un plan de pago si no puede pagar todo de una sola vez.
  • Solicitar una exención de tasas por costos de la corte si tiene bajos ingresos o recibe beneficios públicos.
  • Para la restitución, puede solicitar una cantidad menor o más tiempo para pagar.
  • Si tiene una citación en la corte por su deuda, preséntese siempre y lleve comprobantes de sus ingresos y gastos.
  • No puede ser encarcelado solo por no poder pagar, pero sí puede ser encarcelado por no presentarte a las audiencias judiciales requeridas o por negarse intencionadamente a pagar una deuda que la corte considere que puede pagar.

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Última revisión por parte del personal
8 de agosto de 2025